Esta prestación para titulares de Anses es obligatoria desde el 1ro de enero del corriente año
A través de un decreto, el Gobierno creó la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) para servicios de telefonía móvil, fija, TV por cable e Internet, con precios más accesibles para quienes cobran menores ingresos, con el fin de generar "nuevos derechos ciudadanos" en el acceso a servicios básicos con competencia.
El beneficio fue diseñado para los titulares de la Asignación Universal por HIjo ( AUH) Asignación Universal por Embarazo (AUE), jubilados y pensionados de Anses, monotributistas y desempleados entre otros.
Quiénes pueden acceder
Jubilados y pensionados con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos.
Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo ( AUH) y de la Asignación Universal por Embarazo (AUE) de Anses.
Beneficiaros de pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, Monotributo Social, trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos y seguro de desempleo.
Los beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
Personas desocupadas o en la economía informal, y de programas sociales, en todos los casos incluidos sus hijos de entre 16 y 18 años.
Clubes de Barrio y de Pueblo registrados, asociaciones de Bomberos Voluntarios registrados, entidades de Bien Público sin fines de lucro y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal.
Paso a paso: cómo solicitar el servicio de Internet
Tanto los titulares que cobran a través de Anses, como las personas que también son alcanzadas por el beneficio podrán solicitar Internet realizando los siguientes pasos:
1. Llenar la declaración jurada (DDJJ) que publicó ENACOM en su sitio web.
2. Dicha declaración deberá ser completada y enviada a su prestador de Internet, quien deberá aceptarla como medio de acreditación.
3. En caso que la empresa no garantice la prestación de la PBU, los solicitantes deberán iniciar el reclamo frente a la prestadora.
Si persiste el incumplimiento, las y los beneficiarios podrán enviar el formulario online informativo, el cual no reviste carácter de trámite o reclamo oficial, sino de declaración informativa ante ENACOM para el seguimiento de la solicitud.
Características del servicio
La prestación es de acceso a Internet para hogares: una por domicilio del beneficiario y grupo familiar.
No incluye Internet satelital.
La prestación básica universal obligatoria de acceso a Internet tiene diferentes precios y modalidades según la cantidad de abonados de la empresa que presta el servicio.
Dólar Nacional | 86.16 | 91.15 |
Dólar San Francisco | 86.00 | 92.00 |
Euro Nacional | 102.75 | 108.75 |
Euro San Francisco | 102.75 | 108.75 |
Riesgo País | 1433 |
Maíz | 17340 |
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Trigo | S/C |
Sorgo | S/C |
Soja | 28400 |
Lino | S/C |
Girasol | S/C |