Rechazan el amparo de farmacéuticos contra el DNU de Milei
Se reclamaba la inconstitucionalidad de un tramo del DNU sobre modificaciones en la actividad farmacéutica.
Jueves 11 de abril 2024 | 15:00 Hs.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal N°3 rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA) en contra del DNU del presidente Javier Milei, solicitando la nulidad absoluta de artículos relacionados a la actividad del sector.
La medida presentada buscaba que se impida la facilitación del libre comercio de los medicamentos, su prescripción por droga genérica en vez de marca y la posibilidad de que sean denominados de venta libre y especialidades farmacéuticas que puedan ser vendidos fuera de las farmacias, entre otras disposiciones.
En ese sentido, habían reclamado que el DNU constituye "una directa ablación a los derechos fundamentales del ejercicio de la profesión de los farmacéuticos".
EL juzgado rechazó la cautelar al considerar que carecía de legitimación la COFA y FEFARA para actuar como representantes reales y defensores de los derechos e intereses de los profesionales nucleados de la actividad farmacéutica.
De esta forma, el tramo del DNU que introdujo modificaciones en la actividad farmacéutica sigue vigente aunque la medida de primera instancia podría ser apelada.
La medida presentada buscaba que se impida la facilitación del libre comercio de los medicamentos, su prescripción por droga genérica en vez de marca y la posibilidad de que sean denominados de venta libre y especialidades farmacéuticas que puedan ser vendidos fuera de las farmacias, entre otras disposiciones.
En ese sentido, habían reclamado que el DNU constituye "una directa ablación a los derechos fundamentales del ejercicio de la profesión de los farmacéuticos".
EL juzgado rechazó la cautelar al considerar que carecía de legitimación la COFA y FEFARA para actuar como representantes reales y defensores de los derechos e intereses de los profesionales nucleados de la actividad farmacéutica.
De esta forma, el tramo del DNU que introdujo modificaciones en la actividad farmacéutica sigue vigente aunque la medida de primera instancia podría ser apelada.
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