En esta nueva oportunidad, el abogado laboralista Emiliano Oyola, nos comenta sobre los cargos que pueden otorgarse por la difusión no consentida de imágenes íntimas.
En el caso de que el contenido divulgado sea de menores de edad, la pena será de 3 a 6 años.
Más allá de la pena, también se diferencian algunos puntos dentro de estos delitos, como la porno extorsión, el reenviar contenido sin consentimiento, y el caso de que los involucrados sean menores de edad, teniendo en cuenta que incluso habiendo consentimiento en ese caso, de todas formas es un delito de suma gravedad.
¿Qué casos se consideran de divulgación? ¿Es algo frecuente? ¿Se realizan muchas consultas sobre estos casos? Toda esta información te la compartimos en la presente nota con el abogado laboralista Emiliano Oyola.