Columna de Asuntos Legales: “ley de movilidad jubilatoria”
En esta nueva oportunidad, el abogado laboralista Emiliano Oyola, nos comenta sobre la movilidad jubilatoria.
Viernes 28 de junio 2024 | 15:39 Hs.
En un contexto en el que el presidente Javier Milei viene criticando a los legisladores que promueven una reforma del esquema de actualización de las jubilaciones, en Córdoba el juez federal Alejandro Sánchez Freytes declaró inconstitucional la fórmula de suba de haberes jubilatorios dispuesta por la ley 27.609, sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández y que estuvo vigente desde 2021 y hasta marzo de este año. La sentencia no establece qué indicador debe aplicarse para el recálculo de los haberes, pero queda implícito que es el artículo 1 de la ley 27.426 de la época de Mauricio Macri.
La fórmula de movilidad declarada inconstitucional es la que rigió hasta marzo de este año, cuando Milei la modificó por decreto de necesidad y urgencia. La medida del Poder Ejecutivo dispuso que desde julio los haberes se actualizarán todos los meses según el IPC de dos meses atrás.
Todos los detalles en la presente nota con el especialista Emiliano Oyola.
La fórmula de movilidad declarada inconstitucional es la que rigió hasta marzo de este año, cuando Milei la modificó por decreto de necesidad y urgencia. La medida del Poder Ejecutivo dispuso que desde julio los haberes se actualizarán todos los meses según el IPC de dos meses atrás.
Todos los detalles en la presente nota con el especialista Emiliano Oyola.
Más leídas
Más noticias
© 2024 Radiocanal - Todos los derechos reservados