El Gobierno oficializó la implementación de la cédula azul digital: ahora se gestiona desde Mi Argentina
La medida permite a los titulares habilitar a terceros para conducir vehículos de forma rápida y sencilla.
Miércoles 27 de noviembre 2024 | 07:46 Hs.
El Ministerio de Justicia oficializó la Disposición 343/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que establece un procedimiento innovador para habilitar a terceros a conducir vehículos mediante la aplicación Mi Argentina.
La medida implementa lo dispuesto en la Disposición 29/2024, que introdujo cambios significativos al Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. Se destaca la eliminación de la “Cédula de Identificación para autorizado a conducir” en formato físico y su reemplazo por una versión digital con vigencia indefinida.
A partir de ahora, los titulares registrales podrán habilitar a un tercero para visualizar la Cédula de Identificación Digital a través de su perfil en Mi Argentina, permitiendo el uso del vehículo dentro del país e incluso su egreso temporario al exterior.
Para habilitar a un tercero, el titular deberá:
No obstante, se aclara que esta habilitación no modifica la responsabilidad civil del titular registral por los daños ocasionados con el vehículo
La medida implementa lo dispuesto en la Disposición 29/2024, que introdujo cambios significativos al Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. Se destaca la eliminación de la “Cédula de Identificación para autorizado a conducir” en formato físico y su reemplazo por una versión digital con vigencia indefinida.
A partir de ahora, los titulares registrales podrán habilitar a un tercero para visualizar la Cédula de Identificación Digital a través de su perfil en Mi Argentina, permitiendo el uso del vehículo dentro del país e incluso su egreso temporario al exterior.
Para habilitar a un tercero, el titular deberá:
- Acceder a Mi Argentina en la sección “Mis vehículos”.
- Seleccionar el dominio del vehículo registrado a su nombre.
- Elegir la opción “Habilitar a conducir” desde la cédula vigente.
- Completar los datos del tercero (nombre, apellido y CUIT, CUIL o CDI).
No obstante, se aclara que esta habilitación no modifica la responsabilidad civil del titular registral por los daños ocasionados con el vehículo
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