Javier Milei habilitó que los clubes de fútbol se puedan convertir en sociedades anónimas
El presidente de la Nación incluyó en el DNU la modificación de la Ley de Sociedades que les permite a las instituciones deportivas convertirse en SAD
Jueves 21 de diciembre 2023 | 07:36 Hs.
El presidente Javier Milei presentó hoy un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de 366 artículos que implica una profunda desregulación de la economía, propone un “plan de estabilización de shock”, deroga múltiples leyes y normativas y apunta a avanzar en la privatización de empresas públicas. Entre las 30 medidas que enumeró se incluye la que les permite a los clubes que se puedan convertir en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).
"Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran”, afirmó el mandatario. En el artículo 19 bis de la legislación, de ahora en más, se indicará que “se considera asociaciones civiles deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, a las:
a) Personas jurídicas previstas en el artículo 168 del Código Civil y Comercial de la Nación, que tienen como objeto la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley, y reúnen las características que se indican en los artículos 20 y 20 bis;
b) Personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas reguladas en la sección V de la ley 19.550 y sus modificatorias, que tienen como objeto social la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley”.
Vale aclarar que en fútbol argentino todos los clubes son Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro y son muy pocos los que tienen gerenciadas algunas de las actividades, como el caso del fútbol profesional, a diferencia de lo que ocurre en Chile, Brasil o Uruguay, donde proliferaron las Sociedades Anónimas.
"Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran”, afirmó el mandatario. En el artículo 19 bis de la legislación, de ahora en más, se indicará que “se considera asociaciones civiles deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, a las:
a) Personas jurídicas previstas en el artículo 168 del Código Civil y Comercial de la Nación, que tienen como objeto la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley, y reúnen las características que se indican en los artículos 20 y 20 bis;
b) Personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas reguladas en la sección V de la ley 19.550 y sus modificatorias, que tienen como objeto social la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del Deporte y la actividad física, de acuerdo con los principios generales enunciados en el capítulo 1 de la presente Ley”.
Vale aclarar que en fútbol argentino todos los clubes son Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro y son muy pocos los que tienen gerenciadas algunas de las actividades, como el caso del fútbol profesional, a diferencia de lo que ocurre en Chile, Brasil o Uruguay, donde proliferaron las Sociedades Anónimas.
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