La Justicia falló a favor de la AFA y suspendió la implementación de Sociedades Anónimas Deportivas en el país
La Justicia hizo lugar este lunes a un pedido de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y le puso un freno a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), que contaban con el aval del Gobierno nacional para introducirse en el fútbol.
Lunes 02 de septiembre 2024 | 17:00 Hs.
La Justicia hizo lugar hoy a un pedido de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y le puso un freno a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), que contaban con el aval del Gobierno nacional para introducirse en el fútbol.
El Juzgado Federal de Mercedes otorgó una medida cautelar solicitada por la AFA y suspendió los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, como así también la Reglamentación de las SAD.
En el fallo, la Justicia aclaró que hace “lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación del fútbol argentino” la cual fue con “previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los efectos, en los términos y alcances del art. 13 de la ley 26.854, de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023”.
El documento fue “publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de diciembre de 2023 cuya entrada en vigencia operó el 29 de diciembre del pasado año y en consecuencia, de los Arts. 2° y 5° del Decreto Reglamentario 730/2024 dictado por el PEN con fecha 13 de Agosto de 2024 cuya entrada en vigencia operó el 15 de dicho mes y año”.
“Hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva, comunicándose lo resuelto por la presente por intermedio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Presidencia de la Nación, mediante oficio, cuya confección y diligenciamiento quedará a cargo de la parte actora -art. 199 del CPCyCN-”, sentenció.
Fuente: La Nueva Mañana
El Juzgado Federal de Mercedes otorgó una medida cautelar solicitada por la AFA y suspendió los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, como así también la Reglamentación de las SAD.
En el fallo, la Justicia aclaró que hace “lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación del fútbol argentino” la cual fue con “previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los efectos, en los términos y alcances del art. 13 de la ley 26.854, de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023”.
El documento fue “publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de diciembre de 2023 cuya entrada en vigencia operó el 29 de diciembre del pasado año y en consecuencia, de los Arts. 2° y 5° del Decreto Reglamentario 730/2024 dictado por el PEN con fecha 13 de Agosto de 2024 cuya entrada en vigencia operó el 15 de dicho mes y año”.
“Hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva, comunicándose lo resuelto por la presente por intermedio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Presidencia de la Nación, mediante oficio, cuya confección y diligenciamiento quedará a cargo de la parte actora -art. 199 del CPCyCN-”, sentenció.
Fuente: La Nueva Mañana
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