El Gobierno estableció nuevas exigencias para las prepagas
La Superintendencia de Servicios de Salud reguló el modo de establecer las diversas franjas etarias y sus correspondientes aumentos de valor de cuota para los planes de cobertura.
Miércoles 29 de noviembre 2023 | 09:46 Hs.

Los planes que ofrezcan las prepagas deberán admitir la afiliación de usuarios de cualquier edad, aunque las empresas del sector podrán establecer valores diferenciales de cuota dentro de un mismo plan, en función de las franjas etarias.
Por medio de la Resolución 2407/2023, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Servicios de Salud reguló el modo de establecer las diversas franjas etarias y sus correspondientes aumentos de valor de cuota para los planes de cobertura ofrecidos por las entidades de medicina prepaga, así como también la matriz de cálculo actuarial de ajuste por riesgo para la cobertura de afiliados mayores de 65 años.
Para el Poder Ejecutivo, la edad de los usuarios "no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión conforme lo determina en forma expresa y categórica el artículo 11 de la Ley Nº 26.682", que regula la actividad.
Según lo dispuesto, en los casos en que el plan de cobertura no posea distintas franjas etarias, abarcará todas las edades de la persona desde su nacimiento; en cambio, si el plan de cobertura las posee, definidas al momento de su contratación, no habrá límites para la cantidad de franjas.
Por medio de la Resolución 2407/2023, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Servicios de Salud reguló el modo de establecer las diversas franjas etarias y sus correspondientes aumentos de valor de cuota para los planes de cobertura ofrecidos por las entidades de medicina prepaga, así como también la matriz de cálculo actuarial de ajuste por riesgo para la cobertura de afiliados mayores de 65 años.
Para el Poder Ejecutivo, la edad de los usuarios "no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión conforme lo determina en forma expresa y categórica el artículo 11 de la Ley Nº 26.682", que regula la actividad.
Según lo dispuesto, en los casos en que el plan de cobertura no posea distintas franjas etarias, abarcará todas las edades de la persona desde su nacimiento; en cambio, si el plan de cobertura las posee, definidas al momento de su contratación, no habrá límites para la cantidad de franjas.
Más leídas
Más noticias
© 2025 Radiocanal - Todos los derechos reservados